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Video vigilancia en tu clínica o consultorio dental.

C.D. Ulises Velasco. Integrante del Observatorio de Seguridad Ciudadana.

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De acuerdo a la nota del diario Milenio fechada el 22 de abril de 2019. En un video de seguridad difundido y consignado como elemento de prueba, se observa a un grupo armado, irrumpir en un hospital privado de León, Guanajuato para cometer un asalto. El articulo agrega más información “La Inseguridad ha llegado hasta los hospitales. y en el caso de los consultorios privados, también se ha visto un aumento en el número de delitos que sufren.
Los más comunes son personas que fingen ser pacientes para aprovechar la intimidad del consultorio y robar a los médicos. Por otro lado, en Río de Janeiro un anestesiólogo es grabado en un procedimiento de cesárea, abusando sexualmente de su paciente, al ser detenido la pregunta de este violador fue ¿hay un video?

En el primer caso la grabación se logró gracias a las cámaras de video vigilancia del hospital, en el segundo la grabación fue realizada por el propio personal del quirófano, que, al notar conductas sospechosas del individuo, ocultaron un teléfono que grabo el delito.

Ya sea que se trate de un robo, allanamiento, vandalismo, agresiones u otros tipos de delitos, en México, un video puede convertirse en un extraordinario elemento probatorio. (Código Nacional de Procedimientos Penales Federal Artículo 259 y 356, además del artículo 776 de la Ley Federal del Trabajo).

La instalación de cámaras de video vigilancia en los consultorios o clínicas odonto médicas, nos permiten entre otras cosas:
1. Sumar de manera importante controles de seguridad bidireccionales entre Paciente y Personal de salud. (Seguramente el caso de Río de Janeiro hubiera sido impensable si es hospital contara con equipos de video seguridad dentro del área de quirófanos).

2. Elaborar bitácoras y protocolos laborales. Monitoreo a distancia las actividades generales de nuestras instalaciones y el personal ...

3. Contar con un elemento preventivo, disuasivo, probatorio o de registro, frente a incidentes o actos delictivos, que pudieran presentarse en nuestras instalaciones y en su periferia.

Sin embargo, la instalación de estos equipos es una práctica que no cuenta con una legislación clara en ningún país del mundo, porque el avance tecnológico corre a una velocidad distinta a los procesos de normalización y legislación.

Según Meg Káiser en su artículo “Lo que tienes que decir sobre las cámaras de seguridad en el consultorio dental”. Basado en los resultados de una encuesta realizada a 200 odontólogos norteamericanos El 56 % no considera necesario el uso de estos auxiliares de seguridad dentro de sus consultorios o áreas clínicas.
Por otro lado, en España desde 2017 a raíz de algunas agresiones al personal de salud, varios Colegios de Médicos exigieron a la administración pública medidas concretas para asegurar la integridad física del personal sanitario y entre ellas destaca el uso cámaras de seguridad en el espacio de trabajo.

"Imagen tomada del diario "EL País / 14 de marzo 2019 / Pasar consulta con el miedo en el cuerpo
Las agresiones a sanitarios están al alza."

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En nuestro país, cualquier consultorio o clínica que ofrezca servicios de salud pueden colocar cámaras de video vigilancia, pues este derecho atiende a la libertad que tiene el profesional responsable, dueño o administrador para contar con la infraestructura necesaria que contribuya a mejorar la seguridad, de su personal, pacientes e instalaciones.
Sin embargo, existen requisitos relacionados con la privacidad indispensables que deben ser atendidos antes de comenzar a grabar.

De acuerdo al INAI. “La video-vigilancia (V-V) se define como el uso de cámaras de video fijas o móviles con o sin sonido, o de sistemas cerrados de televisión que involucren la colocación de una o varias cámaras en espacios privados o públicos, limitadas a la supervisión o monitoreo de ese espacio y de las personas que en él se encuentran.

Tomando en consideración que estas imágenes puede identificar a individuos, la video grabación es considerada como un dato personal que debe ser resguardado y tratado de manera cuidadosa y confidencial. Es por ello que, sin importar el tipo de sistema que sea utilizado, el responsable que tenga implementados sistemas de V-V deberá observar las obligaciones en materia de protección de datos personales, regulada por la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP) y su Reglamento (RLFPDPPP).

“Las empresas y personas físicas que cuenten con sistemas de video vigilancia en sus comercios, establecimientos (consultorios) u hogares, deberán contar también, con el debido aviso de privacidad en el manejo de datos personales, impreso y colocado en un lugar ampliamente visible al público.” de no hacerlo el responsable incurre en una falta. Para simplificar esta tarea el INAI ofrece una propuesta de de aviso básico de privacidad para VV para áreas generales.

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La finalidad, de acuerdo al instituto es que de toda persona que ingrese o acceda a un lugar donde se utilicen sistemas de grabación y vigilancia en video:

1. sepa que está siendo grabado.
2. Quién es el responsable y garante de sus datos personales recabados en imagen y sonido y
3. Que Conozca cual será el uso se le dará a este material.

Aunque el INAI es un instituto de carácter federal, es importante que antes de invertir e instalar un sistema de VV para tu cínica o consultorio, revises las disposiciones y normatividad locales en tu comunidad.

Y te sugerimos utilizar estos consejos que favorecen un uso eficiente y responsable de estos equipos.

1. Utiliza las cámaras con empatía y respeto. No coloques cámaras con acercamiento a los pacientes o personal en las áreas clínicas, utiliza cámaras de planos generales, poseen un alto nivel para la seguridad, conservando la privacidad del paciente y colaboradores, tampoco orientes los objetivos de las cámaras a pantallas, ordenadores, celulares o documentos clínicos. Evidentemente está prohibido colocar cámaras en áreas donde exista una expectativa razonable de privacidad, como baños o vestuarios.



Si cuentas con un grupo de trabajo, debes Informar a todos los colaboradores, por escrito, que las cámaras están en uso y su respectiva ubicación. Si bien, por razones de seguridad y logística no se necesita de un permiso especial, sí es necesario, razonable y respetuoso, que al contratar o colocar equipos de video vigilancia, exista el aviso y un conocimiento firmado por tus colaboradores.

Informa a los pacientes que las cámaras están en uso, que son un elemento que contribuye a la seguridad de todos y que su orientación es general.
Si se usan en el área de recepción, esto se puede hacer con un simple letrero. Si se usa en áreas clínicas, además del letrero, agrega esta información a tu aviso de privacidad y solicita que los pacientes firmen de conocimiento y autorización.


Ten una política razonable y responsable sobre el uso de las grabaciones y evita conservarlas demasiado tiempo, recuerda que solo son un instrumento preventivo de seguridad y registro del que tú eres responsable y que no puede ser difundido por ningún medio.

Si tu paciente se encuentra afiliado por alguna aseguradora revisa que no exista algún elemento que contravenga el uso de VV. En los Estados Unidos por ejemplo muchas aseguradoras están vinculadas a la normatividad de La Ley de Portabilidad y Responsabilidad del Seguro Médico basado en la (HIPAA) que es una ley federal que establece normas acerca de quiénes pueden ver y recibir información sobre su salud contenida en esas grabaciones.


La video vigilancia puede ser una forma proactiva para que los profesionales de la salud responsables de clínicas y consultorios, protejan a sus pacientes, colaboradores, instalaciones y a ellos mismos. Sin embargo, también pueden presentar riesgos inesperados si se usan sin precaución y sin los respectivos avisos de privacidad requeridos por el INAI. Siguiendo algunas pautas básicas, es posible beneficiarse de las cámaras de video y, al mismo tiempo, mantener la información de los pacientes y colaboradores con un profundo respeto a su privacidad.

Importante. Puedes descargar un formato bas aviso de privacidad sobre vigilancia desde este pdf,

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