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Consentimientos informados en odontología para pacientes con enfermedades sistémicas

Actualizado: 20 ago

En la práctica odontológica contemporánea, el consentimiento informado ha dejado de ser un mero requisito administrativo para convertirse en una herramienta ética, legal y de seguridad clínica. Este documento, que garantiza que el paciente recibe información clara y suficiente sobre los procedimientos a realizar, cobra un valor aún mayor cuando se trata de personas con enfermedades sistémicas, como diabetes, hipertensión arterial o cardiopatías.



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En nuestro país Las enfermedades crónicas no transmisibles, como las cardiopatías, la diabetes y los tumores malignos, son las principales causas de muerte. De acuerdo con datos preliminares del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) y del Instituto Nacional de Salud Pública (INSP) para 2024:



Enfermedades del Corazón: Son la primera causa de muerte en el país. En el primer semestre de 2024, se registraron más de 100,000 defunciones por esta causa.


La Diabetes: Se mantiene como la segunda causa de muerte a nivel nacional, con cerca de 58,000 defunciones en el primer semestre de 2024. El Atlas de la FID indica que México se encuentra entre los diez países con el mayor número de adultos (de 20 a 79 años) con diabetes, con un estimado de 13.6 millones de personas en 2024.


Y de acuerdo al Sistema Nacional de Vigilancia aproximadamente un tercio de los adultos, alrededor de 30 millones de personas, viven con hipertensión arterial, de los cuales un porcentaje significativo desconoce su condición. 


Más que un trámite: un acto de protección mutua

El consentimiento informado cumple una doble función. Por un lado, asegura el derecho del paciente a conocer los riesgos, beneficios y alternativas de su tratamiento, y por otro, protege al profesional de la salud frente a posibles conflictos legales. En odontología, donde se trabaja con procedimientos invasivos, anestesia local y riesgos potenciales de hemorragias, infecciones o emergencias médicas, su valor es incuestionable.




La necesidad de segmentar los consentimientos

No todos los pacientes presentan las mismas condiciones de salud, y por ello no basta con utilizar un modelo único y general de consentimiento informado. Los pacientes con enfermedades sistémicas requieren documentos específicos, que contemplen sus riesgos particulares y las medidas de seguridad adicionales que se aplicarán en la consulta.


  • Pacientes con diabetes: se debe informar sobre la relación entre el control glucémico y la cicatrización, el riesgo de infecciones, la posibilidad de hipoglucemia durante el tratamiento y la necesidad de controles médicos previos.


  • Pacientes hipertensos: el consentimiento debe incluir consideraciones sobre el uso de anestésicos con vasoconstrictor, la importancia de controlar la presión arterial antes y durante la atención, y el riesgo de crisis hipertensivas.


  • Pacientes con cardiopatías: es fundamental detallar la evaluación previa, la necesidad de profilaxis antibiótica en ciertos casos, los posibles efectos de la anestesia y las limitaciones en procedimientos largos o estresantes.



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Un beneficio ético y práctico

La segmentación de los consentimientos informados no solo aporta seguridad jurídica y clínica, también refuerza la confianza médico-paciente. Un documento bien explicado demuestra al paciente que el odontólogo comprende su condición particular y adapta el tratamiento a sus necesidades. Esto genera un vínculo más humano y profesional, basado en el respeto y la transparencia.


En un mundo donde la medicina y la odontología se enfrentan a una población con cada vez mayor prevalencia de enfermedades crónicas, los consentimientos informados segmentados dejan de ser una obligación ética y legal. Adoptarlos no solo protege al paciente y al profesional, sino que eleva la calidad de la atención odontológica, marcando la diferencia entre un servicio rutinario y una práctica verdaderamente responsable.








 
 
 

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